{"id":178,"date":"2023-04-11T18:19:16","date_gmt":"2023-04-12T00:19:16","guid":{"rendered":"https:\/\/ambsanjose.esteri.it\/servizi-consolari-e-visti\/servizi-per-il-cittadino-italiano\/servizi-notarili\/"},"modified":"2023-10-18T13:05:53","modified_gmt":"2023-10-18T19:05:53","slug":"servizi-notarili","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/ambsanjose.esteri.it\/es\/servizi-consolari-e-visti\/servizi-per-il-cittadino-italiano\/servizi-notarili\/","title":{"rendered":"Servicios notariales"},"content":{"rendered":"<p>Los servicios notariales est\u00e1n reservados para los ciudadanos italianos.<\/p>\n<p>El ciudadano extranjero que quiera hacer valer un documento notarial deber\u00e1 contactar a un notario costarricense, quien proceder\u00e1 a la escritura de un documento en espa\u00f1ol. Para que este documento tenga valor en Italia, deber\u00e1 de ser apostillado y traducido al italiano.<\/p>\n<p>Es recomendable ponerse en contacto con un estudio de notarios en Italia para definir el procedimiento y los detalles, ya que ser\u00e1 el notario italiano quien dar\u00e1 fe del contenido del documento notarial.<\/p>\n<p>M\u00e1s informaci\u00f3n en el sitio web:\u00a0<a href=\"https:\/\/www.esteri.it\/it\/servizi-consolari-e-visti\/italiani-all-estero\/attinotarili\/\">Atti notarili \u2013 Ministero degli Affari Esteri e della Cooperazione Internazionale<\/a><\/p>\n<p><strong><br \/>\nPODERES NOTARIALES (PROCURE)<\/strong><\/p>\n<p>Todos los poderes notariales, tanto los generales como los especiales pueden ser otorgados solo por la Embajada de Italia en San Jos\u00e9. La red consular honoraria no otorga poderes notariales.<\/p>\n<p>Favor leer la informaci\u00f3n disponible en:\u00a0<a href=\"https:\/\/www.esteri.it\/it\/servizi-consolari-e-visti\/italiani-all-estero\/attinotarili\/procure-generali-e-speciali\/\">Procure generali e speciali \u2013 Ministero degli Affari Esteri e della Cooperazione Internazionale<\/a><\/p>\n<p><strong><br \/>\nPODERES GENERALES (PROCURE GENERALI)<\/strong><\/p>\n<p>Para solicitar un poder general el interesado deber\u00e1 enviar el borrador del documento en formato Word (preparado por un estudio de notarios en Italia) y una copia del pasaporte italiano a\u00a0<a href=\"mailto:consolare.sanjose@esteri.it\">consolare.sanjose@esteri.it<\/a>, especificando en el correo si es un ciudadano inscrito en A.I.R.E. o si se encuentra temporalmente en Costa Rica.<\/p>\n<p>El borrador deber\u00e1 contener las generalidades completas (apellido, nombre, fecha y lugar de nacimiento, direcci\u00f3n de residencia, c\u00f3digo fiscal) del poderante y del apoderado.<\/p>\n<p>Favor verificar con el estudio de notarios si es necesaria la presencia de dos testigos para la lectura del poder general. De ser ese el caso, el interesado deber\u00e1 conseguir a los testigos y ser\u00e1n necesarias sus generalidades tambi\u00e9n, incluido el c\u00f3digo fiscal, que se unir\u00e1n al poder. Los testigos deben entender el idioma italiano y deber\u00e1n presentarse junto al interesado a la cita con un documento de identidad v\u00e1lido.<\/p>\n<p>Una vez recibido el borrador del poder general, la oficina consular de la Embajada le pedir\u00e1 fijar una cita en el\u00a0<a href=\"https:\/\/prenotami.esteri.it\/\">portal PRENOT@M<\/a>I.<\/p>\n<p>El d\u00eda de la cita deber\u00e1 presentar el pasaporte u otro documento de identidad v\u00e1lido.<\/p>\n<p>Una copia f\u00edsica del poder general se le entregar\u00e1 al interesado al final de la cita, este deber\u00e1 transmit\u00edrsela a un notario o al apoderado en Italia. La copia original del poder general ser\u00e1 conservada por la oficina consular.<\/p>\n<p><strong><br \/>\nPODERES ESPECIALES<\/strong><\/p>\n<p>Para solicitar un poder especial, el interesado deber\u00e1 enviar el borrador del mismo en formato Word (preparado por un estudio de notarios en Italia) y una copia del pasaporte italiano a\u00a0<a href=\"mailto:consolare.sanjose@esteri.it\">consolare.sanjose@esteri.it<\/a>.<\/p>\n<p>El borrador debe contener las generalidades completas (apellido, nombre, fecha y lugar de nacimiento, direcci\u00f3n de residencia, c\u00f3digo fiscal) del poderante y del apoderado, adem\u00e1s de los datos esenciales de la tipolog\u00eda especifica del poder solicitado.<\/p>\n<p>Favor verificar con el estudio de notarios si es necesaria la presencia de dos testigos para la lectura del poder. De ser ese el caso, el interesado deber\u00e1 conseguir a los testigos y ser\u00e1n necesarias sus generalidades tambi\u00e9n, incluido el c\u00f3digo fiscal, que se unir\u00e1n al poder. Los testigos deben entender el idioma italiano y deber\u00e1n presentarse junto al interesado a la cita con un documento de identidad v\u00e1lido.<\/p>\n<p>Si el solicitante del poder est\u00e1 casado y el r\u00e9gimen patrimonial escogido es la comuni\u00f3n de los bienes, en algunos casos el poder debe contar con la aprobaci\u00f3n de ambos c\u00f3nyuges, favor verificar la aprobaci\u00f3n del c\u00f3nyuge con el estudio de notarios.<\/p>\n<p>Una vez recibido el borrador, la oficina consular de la Embajada de Italia le solicitar\u00e1 tomar una cita en el\u00a0<a href=\"https:\/\/prenotami.esteri.it\/\">portal PRENOT@MI<\/a>. El d\u00eda de la cita deber\u00e1 presentar el pasaporte u otro documento de identidad v\u00e1lido.<\/p>\n<p>La copia original del poder especial le ser\u00e1 entregada al interesado al final de la cita, este deber\u00e1 transmit\u00edrsela al notario o al apoderado en Italia. La oficina consular se quedar\u00e1 una copia del poder.<\/p>\n<p><strong>REVOCAR UN PODER<\/strong><\/p>\n<p>Una persona que otorg\u00f3 un poder puede revocarlo en cualquier momento, a menos que el poder sea irrevocable. Para solicitar la anulaci\u00f3n de un poder, el interesado debe enviar un correo a\u00a0<a href=\"mailto:consolare.sanjose@esteri.it\">consolare.sanjose@esteri.it<\/a>\u00a0adjuntando una copia del poder que quiere revocar. El interesado debe transmitir la anulaci\u00f3n del poder al apoderado y al notario italiano depositario del poder.<\/p>\n<p><strong><br \/>\nESCRITURA DE RENUNCIA DE HERENCIA<\/strong><\/p>\n<p>Para solicitar una escritura de renuncia de herencia el interesado deber\u00e1 enviar el borrador de la escritura en formato Word (preparado por un estudio de notarios en Italia) y la copia del pasaporte italiano a\u00a0<a href=\"mailto:consolare.sanjose@esteri.it\">consolare.sanjose@esteri.it<\/a>.<\/p>\n<p>El borrador debe contener las generalidades completas (apellido, nombre, fecha y lugar de nacimiento, direcci\u00f3n de residencia, c\u00f3digo fiscal) del heredero, los datos del causante (la persona que muri\u00f3 que dej\u00f3 la herencia) y de la herencia.<\/p>\n<p>Favor verificar con el estudio de notarios si es necesaria la presencia de dos testigos para la suscripci\u00f3n de la escritura. Si el solicitante est\u00e1 casado y el r\u00e9gimen patrimonial escogido es la comuni\u00f3n de los bienes y\/o si tiene hijos menores de edad, favor verificar con el estudio de notarios la suscripci\u00f3n del acta tambi\u00e9n de parte del c\u00f3nyuge.<\/p>\n<p>En presencia de hijos menores residentes en Costa Rica la oficina consular debe determinar che la renuncia a la herencia est\u00e9 en el inter\u00e9s de los menores tambi\u00e9n. Por lo tanto, es necesario emitir un Decreto consular que acompa\u00f1e la escritura de renuncia a la herencia. En este caso espec\u00edfico, la informaci\u00f3n y los tiempos ser\u00e1n comunicados por correo electr\u00f3nico en la fase de definici\u00f3n de la cita.<\/p>\n<p><strong><br \/>\nAUTENTICACI\u00d3N DE FOTOGRAF\u00cdA Y DE FIRMA<\/strong><\/p>\n<p>La autenticaci\u00f3n de la firma es diferente a un poder notarial porque no es un acto notarial. Se trata de firmar, en presencia de un funcionario consular, un documento propio para el cual una oficina o ente en Italia o Costa Rica haya solicitado una firma.<\/p>\n<p>El interesado deber\u00e1 fijar una cita en el Consulado a trav\u00e9s del<a href=\"https:\/\/prenotami.esteri.it\/\">\u00a0portal PRENOT@MI<\/a>. El d\u00eda de la cita deber\u00e1 presentar el pasaporte u otro documento de identidad v\u00e1lido y el documento que requiere la autenticaci\u00f3n de la firma o fotograf\u00eda.<\/p>\n<p><strong><br \/>\nLA AUTOCERTIFICACI\u00d3N (AUTOCERTIFICAZIONE)<\/strong><\/p>\n<p>Favor notar que el DPR445\/2000 en sus art\u00edculos 46 y 47 lista los casos en los cuales un ciudadano italiano o europeo puede efectuar una autocertificaci\u00f3n y present\u00e1rsela a las autoridades y a la administraci\u00f3n p\u00fablica italiana, compilando una Declaraci\u00f3n substitutiva de certificaci\u00f3n\/acta de notoriedad, agregando a la misma una copia del pasaporte u otro documento de identidad v\u00e1lido.<\/p>\n<p>El 1 de enero del 2012 entraron a regir las nuevas disposiciones en materia de certificados y de declaraciones substitutivas. A partir de esa fecha, los certificados son v\u00e1lidos solo en las relaciones entre privados, en cambio, las Administraciones p\u00fablicas no pueden pedir o aceptar certificados, estos deben ser substituidos con autocertificaciones.<\/p>\n<p><strong><br \/>\nTARIFAS CONSULARES<\/strong><\/p>\n<p>Al momento de responder a la solicitud de la cita, la oficina consular le especificar\u00e1 el monto que deber\u00e1 pagar por el servicio consular. Los costos de los servicios consulares actualizados est\u00e1n disponibles en la secci\u00f3n:\u00a0<a href=\"https:\/\/ambsanjose.esteri.it\/ambasciata_sanjose\/it\/informazioni_e_servizi\/servizi_consolari\/tabella-percezioni-diritti-consolari.html\">tabella_dei_diritti_consolari<\/a>\u00a0.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Los servicios notariales est\u00e1n reservados para los ciudadanos italianos. 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