En Italia se ha instituido un instrumento normativo con el que ofrecer uno de los regímenes fiscales más competitivos en Europa a los nuevos residentes con rentas elevadas. Este régimen ya ha favorecido en los últimos años la afluencia a Italia de individuos con una gran capacidad contributiva y de empresas profesionales (por ejemplo, despachos de abogados y fondos de inversión, cuyos empleados suelen disponer de importantes flujos de ingresos procedentes de participaciones accionarias o de bienes inmuebles en su país de origen).
Las nuevas ventajas e incentivos pretenden fomentar la inversión y el consumo de quienes se trasladan a Italia, independientemente de si desempeñan o no un trabajo específico.
A continuación se indican las principales características del régimen fiscal favorable para quienes decidan trasladar su residencia fiscal a Italia.
- Impuesto a tanto alzado: Posibilidad de optar por un impuesto a tanto alzado de 100.000 euros anuales sobre todos los ingresos procedentes del extranjero durante 15 años.
- Compatibilidad con el trabajo asalariado: El régimen es compatible con el empleo y otras actividades profesionales ejercidas en Italia, con ingresos gravados según las disposiciones fiscales ordinarias.
- Tarifas preferenciales para los miembros de la familia: Los miembros de la familia (cónyuge y descendientes) con rentas procedentes del extranjero sólo pagan 25.000 euros al año en lugar de 100.000 euros.
- Interpelación cautelar: Posibilidad de solicitar una consulta previa a la Agencia Tributaria para comprobar el acceso al régimen y obtener dictámenes sobre ingresos extranjeros y estructuras empresariales.
- Transmisión de la información a las autoridades fiscales del extranjero: Las autoridades fiscales italianas se encargan de transmitir la información a las autoridades fiscales del extranjero. El nuevo residente puede conservar la tributación extranjera si dirige una sociedad extranjera.
- Requisitos de admisión: Pueden acceder las personas que trasladen su residencia a Italia, a condición que no hayan residido en el país durante al menos nueve años en los últimos diez años.
- No hay imposición para la transferencia de los fondos: No hay imposición para la transferencia de los fondos a Italia.
- Impuestos sobre las plusvalías: Las plusvalías procedentes de participaciones extranjeras están sujetas a tributación en Italia si superan determinados porcentajes en los cinco primeros años de residencia.
- Los bienes que se posean en el extranjero, incluidos los bienes inmuebles y los activos financieros, no requieren ser declarados a las autoridades italianas.
- Exención del impuesto de sucesiones: Exención del impuesto de sucesiones para los bienes ubicados en el extranjero.
Se adjunta un documento en inglés de la Agencia Tributaria italiana para más información.