La Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica (DHR) es un órgano de control adscrito a la Asamblea Legislativa. Su tarea es proteger y promover los derechos e intereses de los residentes en Costa Rica, procurando que la administración pública opere de conformidad con la moral, la justicia, la Constitución, las leyes, convenios, tratados, acuerdos suscritos por el Gobierno y los Principios Generales de Ley (https://www.dhr.go.cr/).
Como se informa en el sitio web de la DHR, “[El propósito de la Defensoría es] proteger a los ciudadanos de los errores y omisiones del sector público, a través de la aplicación de la ley, la justicia y la ética, a través de la prevención, defensa, promoción y difusión de sus derechos e intereses. ”[1]
El tipo de personas que con mayor frecuencia acude a la Defensoría del Pueblo son personas en condiciones económicas desfavorecidas que tienen un nivel educativo limitado y por lo tanto no están adecuadamente informados sobre los mecanismos legales que pueden utilizar para proteger sus derechos.
El organismo se ocupa principalmente de cuestiones relacionadas con los derechos sociales, económicos y culturales, mientras que los derechos civiles y políticos están protegidos por otras instituciones.
Historia: El Defensor del Pueblo de la República deriva del Defensor del Pueblo, figura institucional nacida en Suecia en 1809 con el objetivo de supervisar el cumplimiento de las leyes y reglamentos por parte de los funcionarios públicos.
Durante el siglo XX, varios países europeos decidieron incorporar la figura del Defensor del Pueblo a sus ordenamientos jurídicos, lo que posteriormente se extendió a los países anglosajones y finalmente a América Latina y algunos países africanos. Si bien estas instituciones han mantenido algunas características del Defensor del Pueblo original, incluida la finalidad, la figura se ha ido adaptando en cada momento a las necesidades específicas del sistema social, político y jurídico de las empresas que lo han adoptado.
En Costa Rica la oficina del ombudsman fue establecida en 1993 con la ley n. 7319, en sustitución de la Defensoría General de los Derechos Humanos, un organismo vinculado al Ministerio de Justicia dividido en seis oficinas que se ocupaban de las violaciones de los derechos humanos de categorías específicas de ciudadanos: la Defensoría General, la Oficina de la Mujer, la Oficina de la Defensoría del Menor, la Defensoría del Consumidor, la Defensoría del Prisionero y la Defensoría del Usuario del Registro Nacional.
En este sentido, la creación de un órgano de control unificado que atienda todos los informes ha facilitado enormemente el acceso a este tipo de servicios a todos los ciudadanos.
Funciones y responsabilidades:
La Defensoria es uno de los órganos que integran la «tríada» del poder legislativo. Dentro de este, el papel más significativo lo ejerce obviamente la Asamblea Legislativa, que ejerce un control político directo y explícito sobre el poder ejecutivo. Está flanqueada por la Contraloría General de la República, organismo con funciones de control de las finanzas públicas, y precisamente por la Defensoría, que tiene la función de supervisar la legalidad, moralidad y justicia de las acciones u omisiones de la actividad administrativa del sector público. , en la medida en que puedan afectar los derechos e intereses de los habitantes.
A pesar de ser un órgano auxiliar de la Asamblea Legislativa, la Defensoría goza de plena independencia en el ejercicio de sus funciones y en la emisión de sentencias, por lo que no está sujeta a la voluntad de otros órganos.
El ámbito de actuación de la Defensoria es el sector público. La institución no es competente para intervenir en asuntos entre particulares, ni puede intervenir en asuntos ante los tribunales. Sin embargo, el sector público no se limita a las entidades estatales, sino que también incluye otras entidades no estatales que realizan alguna función pública, como, por ejemplo, las asociaciones de ahorro y préstamo que administran fondos para el desarrollo de vivienda social o las asociaciones profesionales. Este tipo de entidades también caen dentro del ámbito del DHR.
La Defensoría del Pueblo actúa de oficio oa petición de parte (en este caso, sin coste para el denunciante y sin necesidad de trámites especiales). Una vez iniciado el proceso, la DHR procede con una investigación informal destinada a esclarecer las acciones, actos u omisiones materiales de la actividad administrativa del sector público. Una vez que se completa la investigación, DHR emite un informe final.
– Si en el curso de su investigación, el DHR descubre la ilegalidad o arbitrariedad de cualquier acto, acción u omisión material, o la existencia de amenazas, disturbios o limitaciones a los derechos e intereses de los habitantes, debe advertir pública o privadamente a la institución respectiva. u oficial, hacer recomendaciones o devolver la llamada me a sus deberes legales y sugerir a la administración las medidas a tomar para resolver el problema encontrado en el curso de la investigación.
– Si por el contrario, la DDH, en el curso de la investigación, toma conocimiento de un delito, debe denunciarlo al Ministerio Público.
– Además, si después de sus investigaciones está convencido de que la observancia o la inobservancia de una norma puede conducir a situaciones injustas o perjudiciales para los habitantes, puede sugerir al órgano legislativo o al órgano competente las medidas a adoptar.
Las recomendaciones emitidas por el DHR no son vinculantes, pero su fuerza depende del peso institucional del organismo. En efecto, al ser parte del Poder Legislativo, el DRH no tiene la facultad de rectificar medidas, actos materiales u omisiones inherentes a la actividad administrativa, ni puede ordenar la ejecución o no ejecución de un acto, ya que estas facultades pertenecen al Ejecutivo. ramal y judicial.
El legislador ha concebido la figura del Defensor del Pueblo como un “Poder Judicial de Influencia”. Esto significa que su autoridad radica en su peso moral y en su capacidad para mover la opinión pública. De hecho, la Defensoría fue diseñada para brindar asistencia a los habitantes del país, protegiendo sus derechos e intereses a través de una investigación ágil e informal, que permita llegar a soluciones efectivas rápidamente, algo que no sería posible obtener con este tipo de procesos. judicial. Precisamente por ello, sus decisiones tienen una gran importancia a los ojos de la opinión pública y, por tanto, suelen ser ejecutadas por los organismos públicos a los que van dirigidas en tiempo y forma, aunque no sean precisamente vinculantes.
En definitiva, la Defensoria tiene la función de velar por que el sector público cumpla con las obligaciones que le impone el ordenamiento jurídico y que este cumplimiento se produzca en cumplimiento de los derechos e intereses de los habitantes. Para ello, la Defensoría supervisa la gestión pública y recomienda soluciones o respuestas adecuadas a los problemas identificados, recordando siempre la necesidad de actuar en bien de los habitantes y en cumplimiento de sus fines legales. Esto implica que se convierte en un mediador entre el residente cuyos derechos han sido vulnerados y el funcionario público a quien le es imputable tal conducta lesiva. Con su intervención, la institución pretende que sea la propia administración la que corrija la actuación ilegal y lesiva y la sustituya por la que debería haberse realizado en primer lugar.
La mayoría de las denuncias que recibe la Defensoria cada año se refieren a despidos por embarazo, procesos educativos con contenido sexista y discriminatorio, ausencia de protección a niños de la calle y niños trabajadores, explotación y discriminación de la población indígena, contaminación ambiental, trato deshumanizante e ineficiente. en el campo de la salud, falta de claridad sobre la tenencia de la tierra, incumplimiento de las leyes laborales, detenciones arbitrarias o ilegales, abuso de autoridad y malos tratos por parte de la policía y, finalmente, retrasos en la administración de justicia.
Otras funciones de la DRH son: inspeccionar las oficinas públicas, sin previo aviso, y solicitarles toda la documentación e información necesaria para verificar el correcto desempeño de sus funciones; iniciar cualquier tipo de acción judicial o administrativa requerida por la ley por iniciativa propia o a solicitud de los ciudadanos, incluyendo plantear cuestiones de constitucionalidad ante la Corte Constitucional, si DHR cree que ha identificado una violación de los derechos o libertades fundamentales reconocidos por la Constitución o tratados internacionales de derechos humanos vigentes en la República.
El DHr también tiene un poder de censura: si considera que los actos son perjudiciales para los derechos e intereses de los habitantes, puede emitir una censura pública. La agencia o funcionario está obligado a responder por escrito dentro de los 15 días hábiles.
La institución también considera que la difusión y promoción de los derechos humanos es una acción necesaria para el logro de sus objetivos y que la participación de la comunidad se convierte en un factor fundamental para la protección de estos intereses. Por ello, la Defensoría del Pueblo ha desarrollado una serie de proyectos con la ayuda de la cooperación internacional, con el objetivo de recuperar y reforzar el principio según el cual los habitantes no deben ser sólo receptores pasivos de los servicios de la institución, sino protagonistas de un proceso de ciudadanía lucha por los derechos, con la premisa de que el mejor defensor de los habitantes es el propio habitante.
Finalmente, para hacer más efectiva la acción de control del DHr, recientemente se estableció una Oficina de Enlace con la Asamblea Legislativa. A través de este mecanismo, DHR puede influir en el proceso.
Soy legislativo, siguiendo los debates parlamentarios y expresando sus valoraciones sobre los proyectos de ley antes de que sean aprobados, para asegurar que las leyes no perjudiquen los derechos e intereses de los habitantes.
Estructura
La estructura interna de la Defensoría del Pueblo está organizada en 14 direcciones diferentes, cada una de las cuales tiene responsabilidades específicas:
1. Dirección de Admisibilidad y Atención Inmediata: Evalúa la admisibilidad de las denuncias y gestiona las solicitudes de asistencia urgente.
2. Dirección de Oficinas Regionales: Supervisa y coordina las actividades de las oficinas regionales ubicadas en diferentes puntos del país.
3. Dirección de Difusión y Promoción de Derechos: Desarrolla proyectos e iniciativas para promover la conciencia y protección de los derechos humanos en la comunidad.
4. Dirección de la Mujer: Atiende temas específicos relacionados con los derechos de las mujeres y promueve acciones para prevenir la discriminación de género.
5. Dirección de Protección Especial: Se ocupa de la protección de los derechos de las personas en situación de vulnerabilidad, tales como migrantes, refugiados, personas con discapacidad, etc.
6. Dirección de Calidad de Vida: Monitorea las políticas y acciones que inciden en la calidad de vida de los ciudadanos, tales como salud, medio ambiente, acceso a los servicios públicos, etc.
7. Dirección de Control de Gestión Administrativa: Supervisa la actividad administrativa de la Defensoría del Pueblo para asegurar la eficiencia y transparencia.
8. Dirección de Asuntos Económicos: Analiza las políticas económicas y evalúa su impacto en los derechos e intereses de los ciudadanos.
9. Dirección de la Niñez y la Adolescencia: Es la encargada de promover y proteger los derechos de la niñez y la adolescencia.
10. Dirección de Asuntos Laborales: Vigila el respeto a los derechos de los trabajadores y promueve condiciones de trabajo dignas.
11. Dirección de Asuntos Jurídicos: Brinda asesoría y apoyo legal en el manejo de casos y denuncias.
12. Dirección de Planificación Institucional: Desarrolla planes y estrategias para mejorar las actividades de la Defensoría del Pueblo.
13. Oficina del Contralor de Servicios: Evalúa la calidad y efectividad de los servicios públicos y hace recomendaciones para mejorar.
14. Dirección Administrativa: Maneja los aspectos administrativos de la Defensoría del Pueblo, tales como la gestión de los recursos humanos, financieros y técnicos.
En la cúspide de la Defensoria se encuentra el Defensor, designado por la mayoría absoluta de los Diputados por un período de cuatro años, al término de los cuales puede ser reelegido una vez. Hasta el momento, ningún Defensor ha sido reelegido.
Los requisitos para el nombramiento del Defensor son la ciudadanía costarricense, el pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos, ser mayor de 30 años y reconocido prestigio moral y profesional. Tras la nominación, el Abogado proporciona una lista de tres candidatos, sobre la base de los cuales la Asamblea Legislativa seleccionará al Abogado Suplente.
Principios
Los funcionarios de la Defensoria deben cumplir, en el ejercicio de sus funciones, con los siguientes principios y valores: igualdad, no discriminación, eficacia.
La Defensoría del Pueblo debe velar por el cumplimiento de los fines, objetivos y metas propuestos por el ordenamiento jurídico en un marco de planificación, evaluación y rendición de cuentas, a fin de propiciar cambios positivos en el goce de los derechos humanos y en la situación del denunciante.
La gestión institucional debe estar orientada a la generación de valor público, entendido como incidencia en el mejoramiento de la gestión pública, la protección y promoción de los derechos, a través de la óptima utilización de los recursos asignados, sean estos humanos, materiales, tecnológicos y financieros.) , austeridad, transparencia, probidad (actuar con integridad, rectitud, buena fe y con apego al ordenamiento jurídico), responsabilidad, imparcialidad, independencia política.