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Estado civil

El estado civil registra los eventos esenciales del ciudadano: nacimiento, matrimonio, defunción, divorcio, ciudadanía.

Según la ley, los ciudadanos italianos deben declarar todas las variaciones de estado civil que se verifican durante su permanencia en Costa Rica. Por lo tanto, es obligación del ciudadano entregar los certificados y la documentación relativa al estado civil a la Oficina Consular de la Embajada de Italia en Costa Rica o al Consulado Honorario en Tamarindo.

La oficina consular se encarga de actualizar la base de datos en su archivo y transmite el certificado de estado civil al municipio italiano de referencia con las modalidades previstas por la normativa vigente.

Los ciudadanos también pueden entregar sus actas de estado civil, debidamente legalizadas o apostilladas y traducidas, directamente a su municipio italiano de pertenencia (art. 12, coma 11, DPR 396/2000). En estos casos, después de haber entregado el acta directamente al municipio, se recomienda de todos modos entregar una copia a la Oficina Consular para poder actualizar los datos en el archivo consular.

Es deber de cada ciudadano informar prontamente a la Oficina Consular acerca de cada cambio en su estado civil y en el de los componentes de su núcleo familiar. Todas las solicitudes de transcripción de actas de estado civil son gratuitas.

Las citas para los procedimientos relacionados a las actas de estado civil se reservan a través del portal Prenot@Mi → Opzione Anagrafe/A.I.R.E.

NOTA: las copias originales se conservan en el dosier consular personal y no se devuelven.

NOTA: puede encontrar una lista de traductores reconocidos por la Embajada de Italia en Costa Rica al final de la página.


REGISTRAR UN NACIMIENTO:

El nacimiento en el extranjero de un hijo de un ciudadano italiano, incluso si posee otra nacionalidad, debe registrarse en Italia. El registro es necesario para el reconocimiento de la ciudadanía italiana.

Para efectuar la comunicación de nacimiento, los padres de la persona por registrar, deben presentarse a la Oficina Consular, con los siguientes documentos:

1. Certificado de nacimiento apostillado, emitido por el Registro Civil de Costa Rica, junto con una traducción del certificado al italiano apostillada, hecha por un traductor oficial.

2. Documentación que compruebe la ciudadanía italiana de, por lo menos, uno de los padres (carta d’identità, pasaporte italiano o certificado de ciudadanía italiana).

NOTA: en el caso que el nacimiento por registrar haya ocurrido fuera de Costa Rica, será necesario presentar el certificado de nacimiento del país donde se dio el nacimiento, emitido por la oficina de estado civil competente.


REGISTRAR UN MATRIMONIO O UNIÓN CIVIL:

La unión civil o el matrimonio celebrado en Costa Rica debe transcribirse en el municipio italiano de pertenencia para tener valor en Italia.

Para registrar en Italia una unión civil o un matrimonio celebrado en Costa Rica será necesario presentar la siguiente documentación a la Oficina Consular:

1. Certificado de matrimonio o de unión civil apostillado, emitido por el Registro Civil de Costa Rica, junto con una traducción del certificado al italiano apostillada, hecha por un traductor oficial.

2. Documento de identidad de ambos cónyuges en original y fotocopia.

NOTA: en el caso que el matrimonio o la unión civil se haya celebrado fuera de Costa Rica, será necesario presentar el certificado de matrimonio o unión civil emitido por las autoridades competentes del país donde se celebró el matrimonio o la unión civil.


REGISTRAR UNA SENTENCIA DE DIVORCIO PRONUNCIADA EN COSTA RICA:

La sentencia de divorcio pronunciada en el extranjero se considera válida automáticamente en Italia mientras cumpla con los requisitos del art. 64 y ss. De la Ley n. 218/1995.

Para registrar en Italia un divorcio pronunciado en Costa Rica deberá presentar los siguientes documentos:

– Sentencia de divorcio en firme. Emitida por el tribunal costarricense competente, apostillada y con traducción al italiano apostillada, hecha por un traductor oficial.


REGISTRAR UNA DEFUNCIÓN:

La defunción de un ciudadano italiano ocurrida en Costa Rica debe transcribirse en Italia.

Para registrar la muerte de un ciudadano italiano ocurrida en Costa Rica será necesario presentar:

1. Certificado de defunción apostillado, emitido por el Registro Civil de Costa Rica, junto con una traducción del certificado al italiano apostillada, hecha por un traductor oficial.

2. Fotocopia de un documento de identidad del fallecido.

Certificaciones de actas de estado civil italianas:

Las certificaciones de las actas de estado civil italianas las emiten exclusivamente los municipios. Deben ser solicitadas por el interesado directamente al municipio en el cual el acta esté registrada.

Perspectivas

  • LISTA DE TRADUCTORES RECONOCIDOS POR LA EMBAJADA DE ITALIA EN SAN JOSÉ:

    FRANCESCA JIMENEZ: cel. 88256000 – 22253796

    GIULIA GALPERTI: cel. 88270527


    NOTA:
     La Embajada no se asume ninguna responsabilidad en merito a la exactitud de las informaciones, a su integridad o a la competencia de los traductores en la lista.

    Una lista de traductores oficiales está disponible en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

    Se recomienda prestar atención en la elección del traductor, prefiriendo interpretes idóneos, con conocimiento del italiano certificado.